Es la pregunta que lleva años en tu cabeza y que casi nadie sabe responder con concreción. La ley española tiene instrumentos pensados exactamente para esto. El problema es que están repartidos entre cuatro normas distintas y nadie los reúne en un solo sitio aplicados a tu caso.
El derecho de habitación sobre la vivienda habitual se atribuye por ministerio de la ley al legitimario con discapacidad que lo necesite y que estuviere conviviendo con el fallecido, salvo que el testador hubiera dispuesto otra cosa.
Código Civil, art. 822, en la redacción dada por la Ley 8/2021590 €, entregado en 72 horas. Con los instrumentos aplicables a tu caso, su coste y el orden en que conviene otorgarlos.
Si convivía contigo, la ley se lo atribuye salvo que tú lo excluyas expresamente. Es intransmisible, y los demás hermanos no pueden echarlo. Conviene confirmarlo en el testamento en lugar de dejarlo al azar.
La legítima es intocable, con una excepción prevista en la ley: cuando uno de los hijos tiene discapacidad. Permite que lo que corresponde a los demás hermanos quede afecto a su cuidado mientras viva.
Una masa de bienes separada, destinada exclusivamente a cubrir sus necesidades, con administración propia, supervisión y un régimen fiscal específico para quien aporta.
El Código Civil permite dejar al cónyuge la facultad de distribuir y mejorar entre los hijos después de tu fallecimiento. Nació precisamente para proteger a hijos con discapacidad, y evita tener que decidirlo todo hoy.
Código Civil, art. 831
Quién le acompañará en las decisiones y quién administrará su dinero no tienen por qué ser la misma persona. Se puede designar a cada uno por separado.
Recibir un patrimonio a su nombre puede hacerle perder prestaciones públicas sujetas a límite de ingresos o de patrimonio. Hay formas de que lo reciba sin ese efecto.
La compañía paga, pero disponer de ese dinero puede requerir autorización judicial. La familia tiene el capital y no puede usarlo cuando hace falta.
Sin nada escrito, ese hermano no tiene facultades para actuar, ni protección frente a los demás herederos, ni obligación exigible. La buena voluntad no es un instrumento jurídico.
Las once secciones del expediente, más el análisis específico de qué instrumentos encajan en tu situación, qué reducciones fiscales le corresponden en tu comunidad autónoma, qué prestaciones podría perder y cómo evitarlo, y las preguntas exactas para llevar al notario.
Las reducciones por discapacidad en el impuesto de sucesiones son muy superiores a las ordinarias y varían mucho entre comunidades. El expediente las calcula con tus cifras.
Incluye revisión completa del caso antes de emitirse. Entregado en 72 horas.
Solicitar el expediente · 590 €El expediente ordena, calcula y te dice qué llevar al notario; otorgar los instrumentos corresponde a él, y llegarás sabiendo exactamente qué pedir.
Catorce días de garantía desde la entrega. Condiciones.