Esta familia tenía 1.550 €.
Necesitaba 20.450 € en seis meses.

Y había 79.000 € de liquidez dentro de su propio patrimonio, designados a personas que ya no formaban parte de su vida. Lo descubrió leyendo este documento. Puedes leerlo entero, gratis, ahora mismo.

Nota editorial. Expediente completo, publicado íntegro y sin recortes. Los nombres y los importes se han modificado para impedir la identificación del titular; la estructura del caso, los cálculos y las conclusiones son los del documento original.

Se publica por una razón sencilla: nadie debería pagar por un documento que no ha podido examinar antes.

Expediente patrimonial

Javier A. R.
Emitido el 12 de septiembre de 2026 · Referencia ORD-0001
Comunidad de Madrid · vecindad civil común
Normativa aplicada: vigente a 1 de septiembre de 2026

Alcance de este documento. Este expediente ordena, calcula y prioriza. Describe la situación patrimonial actual, qué establece la ley para este caso concreto si no se modifica nada, y en qué orden conviene resolver lo que está abierto.

No recomienda productos financieros ni de seguros, no redacta disposiciones testamentarias y no sustituye a un notario, abogado o asesor fiscal. Los cálculos son estimaciones basadas en los datos facilitados y en la normativa citada en cada sección.

SECCIÓN I DE XI

Inventario

Todo lo que figura a su nombre, reunido en una sola página. Para la mayoría de los solicitantes es la primera vez que lo ven junto.

Inmuebles

BienTitularidadValor neto
Vivienda habitual, Alcalá de Henares
Valor de referencia 310.000 € · hipoteca 178.000 €
100%132.000 €
Piso en Guadalajara, alquilado
Valor de referencia 95.000 €
50%47.500 €

Cuentas

CuentaTitularesAtribuible
Nómina y actividadSolo él8.400 €
Cuenta domésticaCon su pareja1.550 €
Cuenta abierta por su madreCon su madre11.000 €

Inversiones, previsión y seguros

ProductoImporteVía de transmisión
Fondo indexado31.000 €Herencia
Plan de pensiones19.000 €Beneficiario designado
Seguro vinculado a hipoteca178.000 €Entidad prestamista
Seguro de vida de 201360.000 €Beneficiario designado

Deudas

Hipoteca178.000 €
Préstamo del vehículo11.000 €
Aval prestado a su hermanahasta 15.000 €
Patrimonio bruto450.500 €
Deudas propias−189.000 €
Patrimonio neto261.500 €
SECCIÓN II DE XI

Situación legal por defecto

Esta sección no valora nada. Describe lo que establece la ley si mañana se produjera el fallecimiento sin haber modificado nada.

Su vecindad civil es la común y no ha otorgado testamento. La sucesión es, por tanto, intestada: el reparto lo determina la ley.

Quién hereda

Sus dos hijos heredan el 100%, a partes iguales. Los descendientes son llamados en primer lugar y excluyen a los demás parientes.

Su pareja no hereda nada. Ni cuota, ni usufructo, ni derecho a permanecer en la vivienda. El Código Civil reconoce derechos sucesorios al cónyuge viudo, no a la pareja no casada, y no consta inscripción en ningún registro de parejas de hecho.

Código Civil, arts. 912, 930 y siguientes

Consecuencias prácticas

La vivienda pasa a ser propiedad de dos menores de 7 y 4 años. Su madre reside en un inmueble que no le pertenece.
No podrá venderla ni hipotecarla sin autorización judicial, por tratarse de patrimonio de menores.
Al alcanzar la mayoría de edad, el hijo mayor será titular de la mitad y podrá instar la división.
Código Civil, art. 166

Los tres desvíos

Existen 79.000 € que no siguen la vía hereditaria y que no llegarán a sus hijos:

Seguro de vida de 2013
Designación nominal a su anterior pareja. La compañía abona a quien figura en la póliza.
60.000 €
Plan de pensiones
Beneficiaria designada en 2011: su madre. Tributará en el IRPF de ella.
19.000 €
Cuenta con su madre
Se bloquea íntegra y se presume la mitad del causante salvo prueba en contrario.
22.000 €
Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, art. 84 · RDL 1/2002 de Planes y Fondos de Pensiones
SECCIÓN III DE XI

La factura

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Sus hijos pertenecen al Grupo I. La Comunidad de Madrid aplica una bonificación del 99% de la cuota a los Grupos I y II.

Base imponible por heredero116.652 €
Reducción por parentesco (Grupo I, menor de 21 años)−47.859 €
Reducción por vivienda habitual (95%, límite 122.606 €)−122.606 €
Base liquidable0 €
A pagar por cada hijo0 €
Ley 29/1987 · Texto refundido de disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos

Conviene subrayarlo porque es contraintuitivo: en este caso el impuesto de sucesiones es cero. En otra comunidad autónoma, o con herederos distintos de los hijos, la cifra cambiaría radicalmente. Pero aquí el problema no es fiscal, y por eso nadie lo había visto.

Costes que sí existen

Plusvalía municipal, Alcalá de Henares2.100 €
Plusvalía municipal, Guadalajara400 €
Acta notarial de declaración de herederos250 €
Escritura de aceptación y adjudicación900 €
Registro de la Propiedad, dos fincas600 €
Gestoría1.200 €
Total aproximado5.450 €

Y lo que no figura en ninguna factura

79.000 € dirigidos a personas distintas de sus hijos. Quince veces el coste de toda la tramitación. No es un impuesto ni un gasto: es patrimonio que sale por una puerta que quedó abierta en 2011 y en 2013 y que nadie volvió a mirar.

Corregirlo cuesta dos llamadas y cero euros. Esa es la diferencia entre tener el expediente y no tenerlo.

SECCIÓN IV DE XI

Prueba de liquidez

¿Dispondrían de dinero suficiente para afrontar los seis primeros meses?

DISPONIBLE
Seguro vinculado a la hipoteca0 €
Seguro de vida de 20130 €
Plan de pensiones0 €
Cuentas a su nombrebloqueadas
Mitad correspondiente a la cuenta doméstica1.550 €
Total1.550 €
NECESARIO EN SEIS MESES
Gastos de sepelio4.000 €
Plusvalías, notaría, registro y gestoría5.450 €
Impuesto de sucesiones0 €
Préstamo del vehículo11.000 €
Total20.450 €
Déficit: 18.900 €

Su pareja tendría que afrontar unos veinte mil euros, con dos menores a cargo, mientras las cuentas permanecen bloqueadas y la vivienda pertenece a sus hijos. Su única salida sería adelantarlo de su propio patrimonio o solicitar financiación.

La particularidad del caso: existen 79.000 € de liquidez inmediata dentro del patrimonio. Simplemente están designados a otras personas.

Reglamento del ISD, RD 1629/1991, arts. 67 y 68 — plazo de seis meses, prorrogable otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros
SECCIÓN V DE XI

Cabos sueltos

01
El beneficiario del seguro de 2013 sigue siendo su anterior pareja

60.000 € que no llegarán a su familia actual. Se corrige mediante un formulario de la compañía.

02
No ha otorgado testamento

La ley decide por él, y deja a su pareja fuera por completo.

03
Su pareja carece de vínculo jurídico

Doce años de convivencia, dos hijos comunes y ningún reconocimiento legal.

04
El beneficiario del plan de pensiones es su madre

Designación de 2011, anterior al nacimiento de sus hijos.

05
La vivienda figura a su nombre al 100%

La pagan los dos y consta solo uno.

06
La cuenta conjunta bloquearía los ahorros de su madre

Se abrió para facilitar los trámites y produce el efecto contrario.

07
El aval prestado a su hermana

Ante un impago, la deuda se reclamaría a la herencia, es decir, a sus hijos menores.

08
Nadie conoce la ubicación de la documentación

Ni entidades, ni pólizas, ni accesos.

SECCIÓN VI DE XI

Incapacidad y dependencia

Esta sección responde a un escenario más probable que el fallecimiento repentino y que casi nadie prevé: seguir vivo y no poder decidir.

Qué ocurriría hoy

No consta poder preventivo otorgado ni documento de voluntades anticipadas. Si perdiera la capacidad de decidir por sí mismo, su pareja no podría gestionar sus cuentas, ni tratar con entidades, ni disponer de la vivienda, porque carece de vínculo jurídico y de apoderamiento.

La familia tendría que acudir al juzgado para solicitar la provisión de apoyos, un procedimiento que se prolonga meses mientras los gastos corrientes siguen produciéndose.

Código Civil, arts. 250 y siguientes, en la redacción dada por la Ley 8/2021

Lo que se resuelve antes y no después

01
Poder preventivo

Designa quién puede actuar en tu nombre y con qué alcance si dejas de poder hacerlo. Se otorga ante notario y su coste es reducido.

02
Voluntades anticipadas

Instrucciones sobre tratamientos médicos y designación de representante sanitario. Se inscribe en el registro autonómico.

03
Autocuratela

Permite designar de antemano a la persona que te prestaría apoyo, evitando que lo decida un juez.

SECCIÓN VII DE XI

Ayudas y prestaciones

A qué tendrían derecho, y a qué no. Es la única sección de este expediente que contiene buenas noticias, y conviene leerla entera.

PrestaciónEn este caso
Pensión de viudedadNo procede
Pensión de orfandad, por cada hijoProcede
Auxilio por defunciónProcede
Prestaciones del convenio colectivoPor comprobar

El punto crítico

Su pareja no cobraría pensión de viudedad. La prestación exige matrimonio o pareja de hecho inscrita con una antigüedad mínima, además de acreditar convivencia y cumplir requisitos de ingresos. Doce años de convivencia sin inscripción no dan derecho a nada.

Es un derecho que se gana con antelación: el día del fallecimiento ya no puede corregirse.

Una comprobación que conviene hacer

Existe un registro público donde consta si una persona fallecida tenía contratado algún seguro con cobertura de fallecimiento. Muchas pólizas van vinculadas a hipotecas, tarjetas de crédito o seguros de automóvil, y los beneficiarios desconocen que existen. El certificado tiene un coste simbólico y los datos permanecen disponibles durante cinco años desde el fallecimiento.

Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento · Ley 20/2005
SECCIÓN VIII DE XI

Orden de ejecución

El orden no es arbitrario. Cada paso ocupa su posición por una razón que se explica.

Este mes

Paso 1 · Modificar el beneficiario del seguro de 2013

Una llamada y un formulario. Coste cero. Redirige 60.000 € a su familia actual. Ocupa el primer lugar porque es lo que más resultado produce con menos esfuerzo.

Paso 2 · Modificar el beneficiario del plan de pensiones

Mismo trámite con la entidad gestora. Coste cero. 19.000 € adicionales.

Con estos dos pasos, ejecutables en una tarde, la liquidez disponible pasa de 1.550 € a unos 80.000 €. El semáforo de la sección IV pasa de rojo a verde sin desembolsar un euro.

En los próximos tres meses

Paso 3 · Regularizar la situación de la pareja

Es la decisión de fondo y la única que requiere acuerdo entre ambos. Existen varias vías con efectos muy distintos en materia sucesoria, fiscal y de pensión de viudedad. Precede al testamento porque lo condiciona.

Paso 4 · Otorgar testamento

Después del paso 3, no antes. Un testamento otorgado hoy habría de rehacerse en cuanto cambie la situación.

Antes de fin de año

Paso 5 · Resolver la cuenta conjunta y revisar el aval
Paso 6 · Completar y depositar la carta de la sección VIII
SECCIÓN IX DE XI

Recomendaciones

Acciones concretas, con dónde se hacen y qué cuestan. No se recomienda ningún producto financiero ni de seguros, ni se menciona ninguna entidad: eso corresponde a un profesional colegiado.

Ejecutables esta semana, sin coste

01
Modificar el beneficiario del seguro de 2013

Solicitar a la compañía el formulario de cambio de beneficiario. Coste cero. Efecto inmediato sobre 60.000 €.

02
Modificar el beneficiario del plan de pensiones

Se tramita desde el área privada de la entidad gestora. Coste cero. 19.000 €.

03
Solicitar la nota simple de ambos inmuebles

Registro de la Propiedad, en línea. Unos 10 € cada una. Confirma titularidad y cargas reales.

Trámites con plazo, en los próximos tres meses

04
Valorar la inscripción como pareja de hecho

Se tramita en el registro de la comunidad autónoma correspondiente. Conviene conocer de antemano qué efectos produce allí en materia sucesoria, fiscal y de viudedad, porque varían mucho entre territorios.

05
Otorgar testamento

Ante notario, con las preguntas de la sección X preparadas. Entre 40 y 80 € de arancel.

06
Otorgar poder preventivo y voluntades anticipadas

En el mismo acto notarial, lo que abarata el conjunto.

Sobre la cobertura del déficit

La sección IV cuantifica en 18.900 € lo que faltaría durante los seis primeros meses. Ese hueco se cierra de dos maneras: redirigiendo los beneficiarios ya designados, que es gratuito y cubre de sobra la cifra, o disponiendo de un capital accesible de forma inmediata por esa cuantía.

Ejecutados los pasos 01 y 02, el déficit desaparece sin desembolso alguno. Esa es la razón por la que ocupan el primer lugar del plan.

SECCIÓN X DE XI

Carpeta de notaría

Documentación a reunir: DNI de ambos, libro de familia, escritura de compraventa y última cuota de hipoteca, escritura de aceptación del piso heredado, último recibo del IBI de ambos inmuebles, pólizas de los dos seguros y certificado del plan de pensiones.

Preguntas para formular

  1. ¿Qué opciones existen para que mi pareja tenga derechos sucesorios y en qué se diferencian?
  2. ¿Cómo afecta cada opción a la pensión de viudedad?
  3. ¿Cómo afecta cada opción al impuesto que ella pagaría en Madrid?
  4. Teniendo dos hijos menores, ¿hasta dónde puedo disponer libremente y qué parte es legítima?
  5. ¿Puedo dejarle el usufructo de la vivienda mientras viva?
  6. ¿Puedo designarla administradora de lo que hereden los menores hasta una edad determinada?
  7. ¿Qué ocurre si falleciéramos ambos? ¿A quién conviene designar tutor?
  8. ¿Qué implicaciones y qué coste fiscal tendría poner la vivienda a nombre de los dos?
  9. ¿Me conviene otorgar un poder preventivo y voluntades anticipadas? ¿Cuánto cuestan?

Coste orientativo de un testamento abierto sencillo: entre 40 y 80 € de arancel notarial.

SECCIÓN XI DE XI

Carta a los tuyos

Documento independiente. Carece de valor legal y posee un valor práctico considerable.

Dónde está la documentación. [Completar]

Entidades bancarias. Banco de la nómina · banco de la cuenta doméstica · banco de la cuenta abierta por mi madre.

Inversiones. Fondo indexado en [entidad] · plan de pensiones en [entidad].

Seguros. Póliza vinculada a la hipoteca, nº [—] · seguro de vida de 2013, nº [—].

Inmuebles. Referencias catastrales [—].

Deudas. Hipoteca · préstamo del vehículo · aval prestado a mi hermana: es importante que lo sepáis.

Actividad. Gestoría [—] · clientes con trabajo comprometido [—] · facturas pendientes de cobro [—].

Accesos digitales. Las contraseñas están en [—].

A quién llamar primero. [—]

VIGENCIA

Cuándo hay que rehacerlo

Cada enero: saldos, capital pendiente de hipoteca y préstamos, valores de referencia catastral y confirmación de que los beneficiarios siguen siendo los correctos.

Hechos que obligan a rehacer el expediente antes de esa fecha: nacimiento de otro hijo, matrimonio, inscripción como pareja de hecho o separación, cambio de comunidad autónoma, compra o venta de inmueble, fallecimiento de su madre o de su hermana, constitución de sociedad, cualquier nuevo aval.

Las cifras reflejan la normativa vigente a 1 de septiembre de 2026. El impuesto de sucesiones es competencia autonómica y se modifica con frecuencia. Transcurridos dieciocho meses desde la emisión, los cálculos deben rehacerse.

Acabas de leer un expediente entero. Ahora piensa en el tuyo.

Cuántos años lleva sin revisar el beneficiario de tu seguro. Quién heredaría tu vivienda exactamente. Cuánto dinero podría usar tu familia durante los seis primeros meses. Son tres preguntas con respuesta concreta, y la tuya todavía no la tienes.

Solicitar el mío · desde 195 €

Si prefieres empezar por lo gratuito, el diagnóstico de nueve preguntas te dice en dos minutos qué tienes abierto.